En mérito de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Superior Sexto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano JOHN ROBERT ARRIECHI ARANGUREN, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.817.460, representado judicialmente por el abogado Edixso Antonio Montero Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 226.403, contra la Resolución N° 2231, de fecha 12 de diciembre de 2016, dictada por el MINISTERIO PÚBLICO, mediante la cual se le remueve y retira del cargo de "TÉCNICO DE SEGURIDAD Y TRANSPORTE I".