En consecuencia, y por las razones antes expuestas y en mérito de las anteriores consideraciones este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, DECLARA: SIN LUGAR, la demanda por RESOLUCION DE CONTRATO, intentada por el ciudadano JOSE HONORIO VALENZUELA CRESPO, Venezolano, Titular de la Cedula de Identidad N° V-1.271.226 y de este domicilio, contra la Sociedad Mercantil FIDUCIA AUTOPARTS DE VENEZUELA II C.A., debidamente protocolizada por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción del Estado Yaracuy, inserto bajo el N° 18, Tomo 2-A RM 466 de fecha 03 de Enero del año 2018, en la persona de su representante NICK AMILCAR FIDUCIA TORRES, Venezolano, Titular de la Cedula de Identidad N° V-14.175.906 y de este domicilio. Se condena en Costas Procesales a la parte demandante por haber resultado vencida en e.....