DISPOSITIVO
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Quinta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en estricto cumplimiento al mandato Constitucional contenido en el artículo 26, a tenor de lo dispuesto en los artículos 432, 451, 450, todos del Código Orgánico Procesal Penal vigente, ADMITE Recurso de Apelación presentado por MILKO SIAFAKAS, titular de la cédula de identidad N° 5.602.069, e inscrito en el Inpreabogado bajo la matricula N° 20.549, actuando en su propio nombre y representación, interpuesto en contra de la decisión emanada del Tribunal Vigésimo Noveno de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 29/06/07 mediante la cual se admite la querella interpuesta por el Abogado Sergio Ramón Aranguren Carrero, en su carácter de Apoderado Judicial de la E.....