Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara:
1.- RATIFICA SU COMPETENCIA para conocer el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la ciudadana JOSEFINA IGLESIAS FIGUEROA, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 6.891.387, debidamente asistida por los abogados David Hung y Seiler Jiménez, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 121.830 y 62.717 respectivamente, contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA por órgano del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA, a través de la UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE LAS ARTES (UNEARTE).
2.- PARCIALMENTE CON LUGAR la querella funcionarial interpuesta, en consecuencia:
2.1 Se niega el pago del salario en base del código 406 conforme a lo expuesto en la prese.....