DISPOSITIVO
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrado justicia, en nombre del la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: No se da por consumado el desistimiento del recurso de apelación, formulado ante la Secretaría de este Juzgado, mediante diligencia de fecha veintiuno (21) de septiembre de dos mil diecisiete (2017), suscrita por el ciudadano WILLIAMS ENRIQUE PÉREZ FERNANDEZ, abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO), bajo el Nº 58.565, en relación al recurso de apelación planteado en fecha ocho (8) de junio de dos mil diecisiete (2017), contra la providencia dictada en fecha dos (2) de junio de dos mil diecisiete (2017), por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscrip.....