Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Quinto en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA LA APREHENSIÓN A NIVEL NACIONAL del ciudadano DANIEL GABRIEL CASTILLO, cedula de identidad Nº: 22.190.865, Apodado "El Maraca", de 18 años de edad, soltero, de profesión u oficio indefinido, fecha de nacimiento 27-09-91, residenciado en Final de la Avenida Libertador, Calle El Calvario, Casa Nº: 243, casa de color verde, Cabudare, Municipio Palavecino del estado Lara, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, por motivo fútiles e innobles, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1ero del Código Penal, perpetrado en la persona de quien respondía en vida al nombre de Acosta Eduard Jesús y LESIONES PERSONALES GRAVES, pre.....