DECLARA: Primero: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada. Segundo: CON LUGAR la demanda de DESALOJO, interpuesta por la ciudadana IMPERIO CECILIA SALDAÑA, venezolana, de mayor edad, titular de la cédula de identidad N° 4.736.310, actuando en representación de la empresa GESTIONES INMOBILIARIAS LA PRIMERA, S.A., inscrita ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 10-11-1995, bajo el N° 43, Tomo 128-A contra la ciudadana ROSA MARCANO DI CESARE, venezolana, de mayor edad, titular de la cédula de identidad N° 3.606.622 y de este domicilio. En consecuencia SE CONFIRMA la decisión emanada del Juzgado Primero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, de fecha 03 de Noviembre de 2008. Tercero: el accionado deberá cancelar la cantidad de NUEVE MIL TREINTA Y SIETE BOLÍVARES FUERTES CON CINCUENTA CÉNTIMOS (9.037,50) producto de la mora incurrida computada por este Juzgado desde la fecha 03/12/20.....