Por ello, que este Juez Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Redime a razón de un día de detención por dos de trabajo y estudio, la pena impuesta al penado: REQUENA GONZALEZ FRANCISCO RAFAEL, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.406.046, es decir por un lapso de DOS (02) MESES, DIECISIETE (17) DÍAS y DOCE (12) HORAS, todo conforme a lo establecido en el artículo 3° de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio.-
Realícese nuevo auto de Ejecución, notifíquese a las partes e impóngase al penado. CÚMPLASE.
EL JUEZ,
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ABG. JAVIER TORO IBARRA
LA SECRETARIA,
Abg. ORNELLA PEREZ
En esta misma fecha.....