En razón a las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de DESALOJO intentada por MARTA YBELIA MEDINA contra CARMEN MATA MARTINEZ y SIN LUGAR LA RECONVENCION INTENTADA POR CARMEN MATA MARTINEZ contra MARTA YBELIA MEDINA. Así se establece.
Como consecuencia de lo anterior se condena a la parte demandada al desalojo del inmueble objeto de la presente demanda, razón por la cual, deberá entregar a la parte actora completamente desocupado el apartamento distinguido con el Nº 5, ubicado en el piso 3 de Residencias Candela, situadas en la Calle Sol de Madrid, Los Flores de Catia, Parroquia Sucre, Municipio Libertador del Distrito Capital.
Asimismo se le condena al pago de la suma de un millón cincuenta mil bolívares (Bs. 1.050.000) , como indemnización por el .....