PRIMERO: DESECHA la falta de cualidad opuesta por la demandada ciudadana XOJANNA CAROLINA LAYA YANES, contra el ciudadano CARLO ANTONIO RAINERI LÓPEZ, suficientemente identificados, conforme a lo dispuesto en el artículo 361 del Código de Procedimiento Civil
SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la demandada ciudadana XOJANNA CAROLINA LAYA YANES, contra la sentencia del 24 de Abril de 2002, emanada del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
TERCERO: CON LUGAR la demanda por REIVINDICACIÓN intentada por el ciudadano CARLO ANTONIO RAINERI LÓPEZ contra la ciudadana XOJANNA CAROLINA LAYA YANES. En consecuencia, ordena a la demandada XOJANNA CAROLINA LAYA YANES, entregue de inmediato al demandante, el inmueble constituido por el apartamento residencial que forma parte del edificio "Residencia Ávila Jade", ubicado en el Segundo piso (2) de la Torre "B" e identificado c.....