Primero: Declara su competencia para sustanciar y pronunciarse en relación con la acción de amparo constitucional (autónoma) presentada por el abogado Juan Neto, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano José Ricardo Zambrano Ramos, contra la actitud omisiva e inconstitucional de la Corporación de Servicios Municipales Libertador, S.A., representada por su apoderado judicial abogado Carlos Antonio Salas Zumeta, todos identificados ut supra al no acatar lo ordenado en la providencia administrativa Nº 123- 07, dictada por la Inspectoría del Trabajo en el Distrito Capital, Municipio Libertador (Servicio de Fuero Sindical), en fecha 06 de febrero de 2007.
Segundo: Declara con lugar la acción de amparo constitucional (autónomo) interpuesta, y ordena dar cumplimiento a la providencia administrativa supra indicada, que acordó el inmediato reenganche del ciudadano José Ricardo Zambrano Ramos, ut supra identificado, al cargo que desempeñaba al momento de su remoción, en las .....