El supuesto jurídico de esta última norma, en la cual se fundamentó la demanda, presupone que se haya alegado en el libelo que el contrato es a tiempo determinado, que el lapso del contrato de arrendamiento acordado por las partes ya venció, a la fecha de interposición de la demanda que se encuentra corriendo, el lapso de la prórroga legal; y por último que el arrendatario dentro de ese lapso de prórroga legal, incumplió con sus obligaciones legales y contractuales. Una vez que son concurrentes dichos presupuestos de hecho; entonces al arrendador le asiste el derecho a ejercer la acción de Resolución de Contrato de Arrendamiento; más no la acción de Desalojo, que se ejerció en este proceso, alegando incumplimiento de un convenio para la adquisición del inmueble arrendado.
En consecuencia, aplicando las consideraciones precedentemente expuestas al caso en estudio, forzoso es para este Tribunal, declarar la inadmisibilidad de la presente demanda, por ser contraria al orden público y a .....