DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos con anterioridad, esta Sala Dos de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: se ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el Abogado REINALDO ISEA CHIRINOS, en su condición de defensor del ciudadano MAZA BERDUGO DIEGO HARRINSON, con fundamento en el artículo 447 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal, contra la decisión emanada del Juzgado Cuadragésimo Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, el 27 de febrero de 2.009, mediante la cual decretó la Medida Judicial Preventiva Privativa de Libertad a su defendido, por el delito de ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 en relación con el artículo 6 numerales 1°, 2°, 3°, 6° y 10° de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehíc.....