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Decisiones del dia 27/03/2017

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Sexto Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : AP11-M-2015-000389 N° Sentencia : PJ0062017000121 Fecha: 27/03/2017
Procedimiento:
Cobro De Bolívares
Partes:
SOCIEDAD MERCANTIL MERCANTIL, C.A. BANCO UNIVERSAL VS SOCIEDAD MERCANTIL COLORES MONTECRISTO, C.A.-
Resumen:
este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda por COBRO DE BOLÍVARES, intentada por la Entidad Bancaria MERCANTIL, C.A. BANCO UNIVERSAL, en contra de la Sociedad Mercantil COLORES MONTECRISTO, C.A., representada por su directora Raiza Elena Merlo Hurtado, quienes a su vez en conjunto con el ciudadano Luís Alejandro Hurtado Arévalo, se constituyeron en fiadores solidarios personales y principales pagadores de las obligaciones de la referida sociedad mercantil, en razón del contrato de préstamo signado con el Nº 91103083, conforme a los lineamientos explanados en el fallo, en consecuencia: PRIMERO: Se condena a la parte demandada al pago de la cantidad de UN MILLON OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL CIENTO VEINTICINCO (Bs. 1.889.125,00) por concepto de capita.....
Juez/Ponente:
Luis Leon
Organo:
Juzgado Sexto Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
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N° Expediente : AP11-M-2016-000006 N° Sentencia : PJ0062017000122 Fecha: 27/03/2017
Procedimiento:
Cobro De Bolívares
Partes:
SOCIEDAD MERCANTIL "TAPS DISEÑOS 5812, C.A. VS SOCIEDAD MERCANTIL "FEDERAL EXPRESS CORPORATRION".-
Resumen:
este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el Ordinal 1° del Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo pautado en el Artículo 270 eiusdem, con la consecuencia establecida en el Artículo 271 ibídem, es decir, que no podrá intentarse de nuevo la demanda antes de que transcurran noventa (90) días continuos después de verificada la perención. SEGUNDO: NO SE CAUSARON costas en este asunto dada la naturaleza del fallo, a tenor de lo establecido en el Artículo 283 del Código Adjetivo Civil.
Juez/Ponente:
Luis Leon
Organo:
Juzgado Sexto Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
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