este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda por COBRO DE BOLÍVARES, intentada por la Entidad Bancaria MERCANTIL, C.A. BANCO UNIVERSAL, en contra de la Sociedad Mercantil COLORES MONTECRISTO, C.A., representada por su directora Raiza Elena Merlo Hurtado, quienes a su vez en conjunto con el ciudadano Luís Alejandro Hurtado Arévalo, se constituyeron en fiadores solidarios personales y principales pagadores de las obligaciones de la referida sociedad mercantil, en razón del contrato de préstamo signado con el Nº 91103083, conforme a los lineamientos explanados en el fallo, en consecuencia:
PRIMERO: Se condena a la parte demandada al pago de la cantidad de UN MILLON OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL CIENTO VEINTICINCO (Bs. 1.889.125,00) por concepto de capita.....