DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO en los términos intentados por la ciudadana MARIAINES MERCEDES MANTILLA ACOSTA contra la SOCIEDAD MERCANTIL SENA IMPORT, C.A., todos identificados.
SEGUNDO: la parte demandada deberá suscribir el instrumento definitivo de venta con el actor dentro de los diez días calendarios siguientes al pronunciamiento que declare definitivamente firme esta decisión, misma oportunidad en que el actor deberá cancelar el excedente por SESICIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 600.000,00) adeudados. Caso contrario, la parte actora una vez quede firme esta sentencia en el plazo de cinco días de despacho consignará ante este tribunal en cheque de gerencia la cantidad de SESICIENTOS MIL BOLÍVARE.....