En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR, el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la sociedad mercantil INVERSORA GIESCA, C.A., contra la Resolución de Imposición de Sanción 5129, de fecha 10 de marzo de 2008, mediante la cual se impone a la recurrente multa por 900 unidades tributarias por emitir facturas de ventas por medios automatizados que no cumplen con los requisitos por la cantidad de Bs.F. 41.400,00, y multa por 25 unidades tributarias porque no se encontraban los libros de compras y ventas del Impuesto al Valor Agregado en el establecimiento por la cantidad de Bs.F. 1.150,00, en materia de Impuesto al Valor Agregado (IVA).