Este JUZGADO SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL BANCARIO CON COMPETENCIA NACIONAL Y SEDE EN LA CIUDAD DE CARACAS (EN TRANSICIÓN), administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, de conformidad con lo previsto en los artículos 12, 60 del Código de Procedimiento Civil, declara: CON LUGAR DECLINATORIA DE LA COMPETENCIA PARA CONOCER la presente causa siendo competente para conocer los juicios en materia bancaria desde la entrada en vigencia de la citada Resolución, los JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, a quien corresponda por distribución conocer del presente juicio, por lo que una vez transcurrido el lapso correspondiente a los fines del ejercicio del recurso de Regulación de la competencia, se ordena la remisión del cuaderno identificado con el Nº AH17-X-2000-000109 (principal AH17-M-2000-000012) (cuadern.....