Por lo que en vista de todas las anteriores consideraciones, este Juzgado Décimo Sexto (16°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas declara: IMPROCEDENTE LA SOLICITUD REALIZADA por el ciudadano: CARMELO BONGIANI, C.I.V-9.493.949, en su carácter de parte OFERIDA, asistido por el abogado, MIGUEL FIGUEROA, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 81.697, por una parte y por la otra el abogado, ANDRES TROCONIS, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 26.779, en su carácter de apoderado judicial de la parte OFERENTE ALIMENTOS CALIFORNIA CA. Y así se decide.-
El Juez Titular
Abg. Aníbal F. Abre P.
El Secretario
Abg. Héctor Mujica.
En este misma fecha (27-05-2012) se público y registró.
El Secretario
Abg. Héctor Mujica.