Por las motivaciones de hecho y derecho antes expuestas este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara: Primero: Homologada la transacción en la demanda por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoada por el ciudadano Fernando Abel López Rosado contra las entidades de trabajo Curex C.A y Celofan Venezolano C.A (CELOVEN), ambos identificados en autos. Segundo: Asimismo, se ordena librar oficio a la Coordinación de Secretarios de este Circuito Judicial, a los fines de excluir el presente asunto del sorteo de audiencias preliminares respectivas. Tercero: Dada la naturaleza del fallo, no hay condenatoria en costas.