-IV-
DISPOSITIVO
Por todas las razones que anteceden, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DECLARA la INTERDICCIÓN PROVISIONAL de la ciudadana CARMEN ELENA RODRÍGUEZ GUEDEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V-6.269.781, surtiendo esta declaratoria efectos jurídicos, de conformidad con el artículo 403 del Código Civil, quedando designada como TUTOR INTERINO a la ciudadana MARÍA GREGORIA GUEDEZ DE RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V-1.030.155, madre de la entredicha. Queda CONFIRMADO en todas y cada una de sus partes, el fallo sometido a consulta.
SEGUNDO: Prosígase el procedimiento, quedando la causa abierta a pruebas de conformidad con lo dispu.....