declara:
1.- PROCEDENTE la Suspensión del los Efectos del acto impugnado Solicitada. En consecuencia, se suspenden los efectos del acto impugnado mientras se decida el fondo de la presente causa, y a objeto de garantizar las resultas del juicio. A los fines de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 21. 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se evidencia que el sueldo reclamado por el trabajador es de Bs. 320.000/mensual, y en base al mencionado monto se estima prudencialmente una duración de veinticuatro (24) meses del proceso judicial, más el tiempo desde el cual aduce fue despedida; es decir, desde el 30 de septiembre de 2002, lo que totaliza un tiempo estimado de ochenta y un (81) meses, que calculado al sueldo mensual determina un total de VEINTICINCO MILLONES NOVECIENTOS VEINTE MIL BOLÍVARES (Bs. 25.920.000,00), monto éste sobre el cual se exige fianza de empresa bancaria o compañía de seguro a favor de la ciudadana MYRIAM JOSE ROJAS SALAZAR, la cual de.....