DECLARA: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano LUIS ENRIQUE GOMEZ GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V- 6.180.354 en contra del BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA, C.A., Sociedad Mercantil de éste domicilio e inscrita en el Juzgado de Primera Instancia en lo Mercantil del Distrito Federal y estado Miranda, el día 05 de junio de 2001, quedando anotado bajo el No. 49, Tomo 38-A-Cto., por motivo de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES. SEGUNDO; Se ordena a pagar a la entidad financiera BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA la cantidad de DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE BOLIVARES CON 06/100 CENTIMOS (Bs. 267489,60), por concepto de diferencia de Indemnización de Antigüedad y Compensación por Transferencia; TERCERO: Se ordena a pagar las cantidades que arroje la experticia complementaria del fallo conforme a los términos expuestos en la parte motiva del presente fallo; CUARTO: No .....