Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dispone en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la querella interpuesta por los abogados Stalin A. Rodríguez S. y Ana María Marichales Salas, actuando como apoderados judiciales de la ciudadana MARITZA MARIÑO DE MARTORANO, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO MIRANDA.
SEGUNDO: Se ordena a la Alcaldía querellada pagarle a la querellante la diferencia de los intereses sobre las Prestaciones Sociales del Antiguo Régimen, en relación únicamente a la diferencia porcentual de la tasa utilizada por la Administración Municipal desde el 19 de junio de 2002 hasta el 17 de noviembre de 2008, en los términos establecidos en la parte motiva de este fallo..
TERCERO: Se ordena a la Alcaldía querellada pagarle a la querellante la difere.....