declara INADMISIBLE el recurso por abstención o carencia interpuesto por el ciudadano HERNÁN FERNANDO TORRICO QUIROGA, portador de la cédula de identidad Nro. 6.060.939, asistido por el abogado GERMAN FIGUEROA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 87.541, mediante el cual solicita se ordene a la Dirección de Ingeniería Municipal de la Alcaldía del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, que realice la ejecución forzosa del acto administrativo signado con el Nro. 2001-814, de fecha 15-11-2001 y consecuente demolición de la estructura construida en el sitio denominado "El Latón Paracotos, vía Los Lirios, por la Carretera Nacional Paracotos del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda" en cumplimiento forzoso a su propia decisión.