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Decisiones del dia 27/07/2012

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Vigésimo Sexto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : AP21-L-2012-000985 N° Sentencia : Fecha: 27/07/2012
Procedimiento:
Cobro De Diferencia De Prestaciones Sociales
Partes:
JHAXIVIT LAUDER RIOS SILVA VS BANESCO BANCO UNIVERSAL C.A.
Resumen:
este Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de Mediación, le imparte la HOMOLOGACION a dicha transacción, cuyo monto total fue por BOLÍVARES FUERTES QUINCE MIL SIN CÉNTIMOS (Bs.F.15.000,00); de conformidad con el artículo 89, numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 19 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras y no menos importante el artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. Finalmente, una vez precluya el lapso de impugnación de la presente decisión, se instará a las partes a retirar sus escritos de promoción de pruebas, a cuyos efectos se librará oficio a la Oficina de Depósitos de Bienes (ODB), y se ordenará dar por terminado el presente expediente y su consecuente remisión al archivo judicial. Igualmente, .....
Juez/Ponente:
Mariela de Jesús Morales Soto
Organo:
Juzgado Vigésimo Sexto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
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N° Expediente : AP21-L-2010-002888 N° Sentencia : Fecha: 27/07/2012
Procedimiento:
Calificación De Despido Y Pago De Salarios Caídos
Partes:
MARIELA ANGÉLICA BARAHONA MOLINA VS FUNDACIÓN SERES
Resumen:
Revisadas como han sido las actas procesales en el presente asunto, este Tribunal observa que desde el 02 de julio de 2010, fecha en la cual el Tribunal instó a la parte Actora a señalar nuevo domicilio de la parte Demandada, en virtud que la consignación de la notificación resultó negativa, y como quiera que desde el 03 de junio de 2010, no se ha producido impulso alguno por la parte Actora e igualmente, se evidencia que desde el 02 de julio de 2010 al 02 de julio de 2012, ambas fechas inclusive, han transcurrido de acuerdo al calendario judicial del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, cuatrocientos veintiséis (426) días de despacho. En consecuencia, no se evidencia posterior al 03 de junio de 2010, actuación procesal alguna por la parte Actora, lo cual en definitiva evidencia una falta de impulso procesal, que hace que se configure la Perención, como en efecto la declara este Tribunal. Así se decide.-
Juez/Ponente:
Mariela de Jesús Morales Soto
Organo:
Juzgado Vigésimo Sexto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
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