Por los razonamientos antes expuestos este tribunal superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, NIEGA la medida de embargo solicitada por la parte actora, en el juicio que por nulidad de venta por simulación siguen el ciudadano VICENTE LEONEL RÍOS CASTILLO y la sociedad mercantil CONSORCIO RÍOS CASTILLO C.A, contra las empresas HIPPOCAMPUS VACATION CLUB C.A., ORGANIZACIÓN TRIPLE R C.A., ORGANIZACIÓN ALTAMAR C.A., y los ciudadanos RICARDO TINOCO SIERRA y RONALDO WELC, consecuencialmente se declara SIN LUGAR el recurso de apelación intentado por el abogado ISRAEL D´ARPINO actuando en su indicada condición, contra la decisión dictada el 12 de febrero del 2010 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en los términos ut supra expuestos.
Queda CONFIRMADO el fallo apelado.
No hay especial condenatoria en las costas .....