Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dispone en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la querella interpuesta por el ciudadano JAVIER EUCLIDES LINARES TORRES, asistido por el abogado ALEJANDRO PACHECO RAMOS, contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA (MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ).
SEGUNDO: Se declara la NULIDAD ABSOLUTA del acto administrativo contenido en la Resolución Nº 464, dictada en fecha 17 de diciembre de 2013, por el Ministro del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz.
TERCERO: Se ordena la REINCORPORACIÓN inmediata del querellante al cargo de Jefe de División, que venía desempeñando en el organismo recurrido o en otro cargo de igual o similar jerarquía y remuneración.
CUARTO: Se CONDENA al Min.....