DISPOSITIVA
Por ello y con fundamento en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal de Control, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, revisa la medida cautelar impuesta a los imputados José Amador Delgado, Cédula de Identidad Nº: 15.959.894, Cesar Augusto Meléndez González, Cédula de Identidad Nº: 16.234.225 y Johan Anibal Pacheco Sánchez, Cédula de Identidad Nº: 17.342.312, y procede a modificar la misma de conformidad con el artículo 256 numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que los imputados deberán presentarse mensuales, (cada 30 días), ante la sede del Tribunal, contados a partir del día hábil siguiente a su notificación.
Líbrese Boletas de Notificación al Fiscal Octavo del Ministerio Público, al Defensor Público Penal Abg. Carlos León y a los Imputados. Cúmplase y Regístrese.
Juez de Control Nº 12
Abg. Leila Beatriz Ibarra .....