Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR, el recurso contencioso tributario interpuesto por la contribuyente EXXONMOBIL DE VENEZUELA, S.A., contra el acto administrativo contenido en la Resolución Culminatoria de Sumario Administrativo Nº 2050 de fecha 25 de abril de 2003. En consecuencia, se CONFIRMA PARCIALMENTE el acto administrativo impugnado en los siguientes términos:
i) Se confirman las siguientes obligaciones tributarias: i) la suma de Bs. 1.103.002.918,00, por concepto de aporte patronal del 2%, conforme lo previsto en el numeral 1 del artículo 10 de la Ley sobre el Ince, ii) la suma de Bs. 1.367.723.618,00, por concepto de multa y iii) los intereses moratorios en lo que atañe a las obligaciones tributarias surgidas bajo la vigencia del Código Orgánico Tributario de 2001, aplicando el criterio establecido por la Sala Constituc.....