D E C I S I Ó N
Por las motivaciones que anteceden, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA INADMISIBLE el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto por los abogados ARMANDO HERNÁNDEZ UZCÁTEGUI y ENRIQUE ALEJANDRO MONTERO, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano HENRY ALBERTO RINCÓN PEÑA, y, en consecuencia, DECLARA FIRME el acto administrativo de efecto particular, contenido en resolución Nº 0064, de fecha 17 de septiembre de 2004, dictado por el CONSEJO DISCIPLINARIO DEL CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS, PENALES Y CRIMINALÍSTICAS, todos identificados en autos.