En virtud de los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Trigésimo Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara: CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano MELVIN MANUEL VAZQUEZ REYES contra. CALZADOS PASSERELLA III, C. A. Ubicada en el BOULEVARD DE SABANA GRANDE, AL LADO DE EL CASTILLO, SABANA GRANDE, PARROQUIA EL RECREO DEL MUNICIPIO LIBERTADOR DEL DISTRITO CAPITAL CARACAS, y ordena a la accionada debidamente identificada en autos a pagar la cantidad de SEISCIENTOS QUINCE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS BOLIVARES CON NOVENTA Y DOS CENTIMOS (Bs. 615.286,92), debidamente indexada, cumpliendo así con la pacifica y reiterada jurisprudencia de la Sala de Casación Social, se acuerda la experticia complementaria del fallo mediante la designación de un único experto que será design.....