III
Este Juzgado Primero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley. DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda por Cumplimiento de Contrato de Opción de Compra-Venta, incoada por la ciudadana GLADYS ISABEL OLAYA FLORES identificada en autos, contra la ciudadana MARÍA GUILLERMINA YÉPEZ identificada en autos. SEGUNDO: CON LUGAR la Reconvención intentada por la ciudadana MARÍA GUILLERMINA YÉPEZ identificada en autos, contra la ciudadana GLADYS ISABEL OLAYA FLORES. En consecuencia se CONDENA a la demandante-reconvenida a hacerle entrega material a la demandada-reconviniente del inmueble objeto del contrato de opción de compra-venta, constituido por constituido por una casa de dos (02) plantas, ubicada en el Callejón Independencia N° 10-D, sector Valle Verde, El Limón, Municipio Mario Briceño Iragorry, Estado Aragua, y que se encuentra alinderado de l.....