Por los razonamientos expuestos con anterioridad, esta Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la Abogada ANGIE CARFI URIBE, Fiscal Auxiliar Octogésima del Área Metropolitana de Caracas, comisionada en la Fiscalía Octogésima Segunda del Ministerio Público con competencia en materia de Ejecución de Sentencias de la misma Circunscripción Judicial, con fundamento en lo establecido en el artículo 447 ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal, contra la decisión dictada por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal en fecha 16 de diciembre de 2011, mediante la cual otorgó al penado LINARES MUÑOZ JOSÉ DE JESÚS, la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena.
SEGUNDO: A.....