Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado ULISIS LANDAETA, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra la decisión dictada fecha 18 de enero de 2012 por el Vigésimo Séptimo (27°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del juicio incoado por el ciudadano JOSE ANGEL TONDOLO YBARRA, contra la OMNICONSULT INGENIEROS, C.A.. SEGUNDO: SE CONFIRMA el fallo apelado, en consecuencia se DECLARA CON LUGAR LA ACCION INTENTADA por el ciudadano JOSE ANGEL TONDOLO YBARRA contra la empresa OMNICONSULT INGENIEROS C.A., se ordena a la parte dem.....