Vistos los términos en que ha quedado planteada la controversia, este Tribunal observa que el asunto bajo análisis se circunscribe a determinar: i) Si el Gerente Regional de Tributos Internos de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) es incompetente para emitir los actos impugnados; ii) Si en el caso bajo estudio se verificó el vicio de ausencia del procedimiento legalmente establecido; y iii) Si resulta improcedente la compensación opuesta por la recurrente