DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- SU COMPETENCIA para conocer de la querella interpuesta por la ciudadana SUSAN NORAIMA GÁMEZ MORALES, asistida por el abogado Carlos Prato D¿ Armas, antes identificados, contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, por órgano de la DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA, a través del JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL, a los fines de obtener la nulidad del acto administrativo contenido en el Oficio
Nº 1096-07 de fecha 1º de junio de 2007, mediante el cual le fue impuesta sanción de amonestación escrita por encontrarse incursa en la causal contenida en el artículo 40, literal a) del Estatuto del Personal Judicial en concordancia con el artículo 83 de la Ley del Estatuto de la Función Pública;
2.- PARCI.....