DISPOSITIVA
Con fuerza en los razonamientos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, la Sala Seis de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, acuerda declarar SIN LUGAR la recusación interpuesta en contra del Juez Noveno de Primera Instancia en funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal por la Fiscal Décima Séptima del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, Abg. Carmen Elena Padrón Alvarado, de conformidad con lo establecido en el artículo 86 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, deberá el Juez de Instancia seguir conociendo el proceso, ello de conformidad con lo previsto en el artículo 94 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, publíquese, déjese copia, y remítase el cuaderno de incidencias al Juzgado Noveno de Primera Instancia en funciones de Juicio de este .....