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Decisiones del dia 28/03/2012

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Cuarto Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
Paginas 1 [Total de sentencias: 3] Página 1 de 1
N° Expediente : AH14-X-2012-000010 N° Sentencia : Fecha: 28/03/2012
Procedimiento:
Cumplimiento De Contrato
Partes:
JUAN ANTONIO PAREDES NIÑO Y FERNANDO PAREDES NIÑO VS JOSÉ ALBERTO ARRIENS NIÑO
Resumen:
Se dictó Resolución mediante la cual se declaró inadmisible la tercería propuesta.
Juez/Ponente:
Carlos Alberto Rodriguez Rodriguez
Organo:
Juzgado Cuarto Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
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N° Expediente : AH14-F-2007-000264 N° Sentencia : Fecha: 28/03/2012
Procedimiento:
Interdicción
Partes:
JUAN ANTONIO PAREDES NIÑO Y FERNANDO PAREDES NIÑO VS JOSÉ ALBERTO ARRIENS NIÑO
Resumen:
Por todos los razonamientos expuestos este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de incapacitación y declara la INTERDICCION del ciudadano JOSÉ ALBERTO ARRIENS NIÑO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula identidad No. 5.270.376, quien queda sometido al régimen de representación de la Tutela de entredicho según las previsiones de ley. SEGUNDO: Se designa como Tutor definitivo al ciudadano Fernando Mariano Paredes Niño, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No.4.553.371. TERCERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 414 del Código Civil, una vez declarada firme la presente decisión se ordena oficiar a la Oficina P.....
Juez/Ponente:
Carlos Alberto Rodriguez Rodriguez
Organo:
Juzgado Cuarto Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
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N° Expediente : AH14-V-2004-000098 N° Sentencia : Fecha: 28/03/2012
Procedimiento:
Accion Reivindicatoria
Partes:
COMPAÑÍA ANONIMA EL CAFETAL VS. INVERSIONES CAROLINA S.A.
Resumen:
En tal sentido, siendo la perención operable de pleno derecho, es decir, ope legis, al vencimiento del plazo de un año de inactividad y no desde el día en que es declarada por el juez, ya que esta declaratoria no tiene efectos constitutivos, sino declarativos, al verificar el juzgador en las actas procesales las circunstancias que determinan la procedencia de la perención, la debe declarar de oficio, pues es una figura de orden público. Así mismo, debe considerarse en el presente pronunciamiento, que la parte accionante en la presente causa, luego darse por notificada incurrió en la inactividad señalada en el ordinal Segundo del artículo 267 supra mencionado, tiempo superior al establecido por el legislador para que proceda la perención, es por lo que resulta forzoso para este Tribunal, declarar la perención de la instancia, por haber transcurrido más de un año de inactividad de la parte actora, para realizar las diligencias relativas para verificar cualquier acto de impulso o gestión .....
Juez/Ponente:
Carlos Alberto Rodriguez Rodriguez
Organo:
Juzgado Cuarto Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
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