Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: NULAS todas las actuaciones ocurridas en este proceso, a partir del seis (6) de junio de dos mil trece (2013) inclusive, fecha en la cual, la ciudadana MILAGROS FALCON GOMEZ, ya identificada, en su condición de defensora judicial designada al ciudadano FRANKLIN JOSE ARMADA PINO, aceptó el cargo, y prestó juramento solo ante la Secretaría del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Area metropolitana de Caracas; y ante el Juez, tal como lo dispone el artículo 7 de la Ley de Juramento.-
SEGUNDO: SE REPONE LA CAUSA, al estado de que, la defensora judicial debidamente designada, en estricto cumplimiento de las solemnida.....