Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: SIN LUGAR la apelación intentada por la abogada ZOILA ROSA GARCÍA en su propio nombre y en carácter de apoderada judicial de la parte co-actora empresa mercantil CONSTRUCTORA PANARE C.A., contra el auto dictado por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 8 de marzo de 2006 en la presente causa, que negó la solicitud de intervención de terceros planteada por la parte actora.
Queda CONFIRMADO el auto apelado.
No hay especial condenatoria en las costas del recurso, por cuanto no hubo actuación de la parte contraria en esta alzada.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito.....