SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada CARMEN VALERO, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, en contra de la sentencia de fecha 15 de diciembre de 2006, dictado por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por Cobro de diferencia de Prestaciones sociales, incoada por el ciudadano GERARD CARUSO contra la empresa CINDU DE VENEZUELA, S.A., se condena a la parte demandada al pago de Bs. 3.050.620,20, por concepto de indemnización sustitutiva de preaviso, conforme lo previsto en el artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo, tomando en cuenta el salario integral percibido por el demandante de Bs. 133.211,67, asimismo se ordena el pago de los intereses de mora y de la corrección monetaria por este concepto, en la forma prevista en la parte motiva del presente fallo. Se CONFIRMA el fallo recurrido.
No hay condenatoria en costas a la parte actora del presente re.....