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Decisiones del dia 28/06/2007 |
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N° Expediente :
AP21-L-2006-004887
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N° Sentencia :
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Fecha: 28/06/2007 |
Procedimiento: Cobro De Prestaciones Sociales |
Partes: EVELIO JESÚS COLMENARES SARMIENTO VS. ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE TRANSPORTE TELE TAXI, S.R.L. |
Resumen:
(...) DECLARA: DESISTIDA LA ACCION, en la demanda incoada por el ciudadano EVELIO JESÚS COLMENARES SARMIENTO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad número V- 2.115.488, en contra de la ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE TRANSPORTE TELE TAXI, S.R.L., inscrita en el Registro Nacional de Cooperativas de la Superintendencia Nacional de Cooperativas, con Acta N° 75, según resolución 01032 de fecha siete (07) de abril de 1988 y publicada en Gaceta Oficial N° 33.942 de fecha once (11) de abril de 1988, por motivo de Cobro de Prestaciones Sociales. Todo ello como consecuencia de la incomparecencia de la parte actora al acto.
No hay condenatoria en costas de conformidad con lo dispuesto en la norma del artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Se ordena la publicación de la presente sentencia en la página electrónica del Tribunal Supremo de Justicia en el sitio denominado Regiones Área Metropolitana de Caracas http://caracas.tsj.gov.ve/. CÚMPL.....
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Juez/Ponente:
Herbert Castillo
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Organo:
Tribunal Décimo Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo
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N° Expediente :
AP21-L-2006-001050
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N° Sentencia :
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Fecha: 28/06/2007 |
Procedimiento: Cobro De Prestaciones Sociales |
Partes: RODOLFO ENRIQUE CONTRERAS DÁVILA, CONTRA LA SOCIEDAD MERCANTIL SERENOS RESPONSABLES SERECA C.A. |
Resumen:
este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales incoada por el ciudadano RODOLFO ENRIQUE CONTRERAS DÁVILA, contra la sociedad mercantil SERENOS RESPONSABLES C.A., plenamente identificados en autos.
SEGUNDO: Se condena a la demandada al pago de la cantidad de Bs. 1.326.278,09, más lo que resulte de la experticia complementaria por el concepto de Prestación de Antigüedad y Cesta Ticket, a favor de la demandante.
TERCERO: Se ordena la realización de una experticia complementaria del fallo, para lo cual el Tribunal de Ejecución designará un único experto contable, a través de la cual se calculará lo correspondiente a la Prestación de Antigüedad, Cesta Ticket, Intereses de Mora y la Indexación Monetaria en los términos previstos en la parte.....
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Juez/Ponente:
Alba Torrivilla
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Organo:
Tribunal Noveno de Primera Instancia de Juicio del Trabajo
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N° Expediente :
AH21-X-2007-000079
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N° Sentencia :
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Fecha: 28/06/2007 |
Procedimiento: Cobro De Prestaciones Sociales |
Partes: LIVIA AMPARO RIVILLO DE MENDEZ, EN CONTRA DE LA EMPRESA RODOVIAS DE VENEZUELA, C.A |
Resumen:
Por auto de fecha 15 de Junio de 2.007, el Tribunal encontrando deficiencia en los elementos prueba y/o medios probatorios, que demuestren las afirmaciones hechas por la representación judicial actora, en cuanto al riesgo manifiesto de quede ilusoria la ejecución de fallo y, en atención a lo que dispone el artículo 601 del Código de Procedimiento Civil, abrió un lapso de tres días hábiles, para que tales elementos de pruebas se hicieran constar en autos, siendo que hasta la presente fecha no se ha verificado en las actas ningún elemento de prueba suficiente que sea capaz de crear la convicción de la existencia del temor o el riesgo manifiesto de que pudiera quedar ilusoria la ejecución del fallo, requisito éste contenido en la norma para que opere la figura del "periculum in mora". En cuanto a la presunción grave del derecho que se reclama, es decir, al "fumus bonis iuris", tampoco existe en autos elemento alguno que pruebe fehacientemente dicha presunción.
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Juez/Ponente:
Danilo Serrano
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Organo:
Tribunal Vigesimo Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución
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N° Expediente :
AP21L2007001818
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N° Sentencia :
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Fecha: 28/06/2007 |
Procedimiento: Cobro De Prestaciones Sociales |
Partes: JULIETA LEONOR PEREIRA & UNIDAD EDUCATIVA PORTUGUESA, S.R.L. |
Resumen:
En virtud de los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Vigésimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana JULIETA LEONOR PEREIRA, contra la UNIDAD EDUCATIVA PORTUGUESA, S.R.L., antes identificados. SEGUNDO: SE CONDENA a la demandada pagar a la actora la cantidad de NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS VEINTICINCO BOLIVARES CON NOVENTA Y UN CENTIMOS (Bs. 992.425,91), por los conceptos establecidos en la motiva del presente fallo. TERCERO: SE ORDENA la designación de un solo Experto Contable, cuyos honorarios correrán por cuenta de la demandada, a fin de que determine los intereses sobre prestación de antigüedad, los intereses de mora y la indexación monetaria, en base a los parámetros establecidos en la motiva del presente fal.....
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Juez/Ponente:
Juan Echeverria
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Organo:
Juzgado Vigésimo De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
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N° Expediente :
AP21-L-2006-002199
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N° Sentencia :
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Fecha: 28/06/2007 |
Procedimiento: Cobro De Prestaciones Sociales |
Partes: AUGUSTUS GILBERT VS. FABRICA DE MUEBLES SAMIRA, C.A. |
Resumen:
En el día hábil de hoy 27 de Junio de 2007, siendo las 09:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar el traslado del Tribunal para la materialización del Traslado de los Bienes Embargados y dar continuidad a la ejecución forzosa, se deja constancia de que se encuentran presentes las abogadas ELBA ELENA MOLINA QUINETRO Y THAIS MERCEDES MARIN JIMENEZ, inscritas en el IPSA bajo los N° 5.668 y 91.920, respectivamente, apoderadas judiciales del actor según se desprende de instrumento poder que corre inserto al expediente, en este estado manifiestan al tribunal su imposibilidad logística de materializar el traslado del Tribunal y el traslado de los bines embargados, por lo cual requieren el diferimiento del acto y la fijación de una nueva oportunidad. Visto esto el tribunal declara diferido el acto y SE FIJA EL DÍA LUNES 16 DE JULIO DE 2007 a las 09:00 am. La nueva oportunidad para la continuación de la medida ejecutiva. Se ordena librar oficio a la Comandancia General de la Policía M.....
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Juez/Ponente:
Anibal Abreu
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Organo:
Juzgado Décimo Sexto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
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