Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, una vez verificado que no existe violación de norma de orden público, declara PERIMIDA LA INSTANCIA en la querella interpuesta por el abogado Jhuan Antonio Medina Marrero, Inpreabogado Nº 36.193, actuando como apoderado judicial del ciudadano Julio Cesar González Quiñones, titular de la cédula de identidad Nº 5.742.242, contra la República Bolivariana de Venezuela (Ministerio de Transporte y Comunicaciones hoy Ministerio del Poder Popular para las Obras Públicas y Vivienda).