Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR, el Recurso Contencioso Tributario interpuesto en fecha 22 de agosto de 2003, por el ciudadano Antonio Ramón Vicentelli Vasquez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2.245.583, inscrito en el inpreabogado bajo el número 6370, actuando en representación de la contribuyente LA CASA DEL MOTOR, C.A., contra la Resolución N° 2089 de fecha 30 de junio de 2003, emanada de la Gerencia General de Finanzas, Gerencia de Ingresos Tributarios del Instituto Nacional de Cooperación Educativa (INCE).
Por consiguiente:
i) Se anula La cantidad de SEIS MIL TRESCIENTOS NOVENTA BOLÍVARES CON TRECE CENTIMOS (Bs. 6.390, 13), por concepto de aporte del dos por ciento (2%), previsto en el numeral 1 del artículo 10 de la Ley sobre el Instituto Nacional de Cooperación Educativa.
ii) Se anula el monto de .....