DISPOSITIVO
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto, en fecha veintitrés (23) de febrero de dos mil diecisiete (2017) por el abogado EDGAR MARTIN CASTRO, en su carácter de apoderado judicial de los co-demandados, ciudadanos LIGIA VALBUENA DE REYES, PEDRO ANTONIO REYES VALBUENA, EDUARDO REYES VALBUENA y ANTONIO JOSÉ REYES VALBUENA, contra el auto dictado en fecha seis (06) de febrero de dos mil diecisiete (2017), por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia, queda CONFIRMADO el auto recurrido.
SEGUNDO: Se condena en costa a la parte apelante de conformidad con e.....