En Virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana YENNYFHERTH ALEXANDRA RODRIGUEZ SUAREZ contra la empresa demandada CAFÉ TERRAZA TASCA POOL DEL ESTE.
SEGUNDO: Se condena a la demandada CAFÉ TERRAZA TASCA POOL DEL ESTE a pagar a la demandante, ciudadana YENNYFHERTH ALEXANDRA RODRIGUEZ SUAREZ, la cantidad de DIEZ MIL CIENTO CINCUENTA Y DOS BOLIVARES CON SESENTA Y UN CENTIMOS (BS.F. 10.152,61; por los conceptos anteriormente señalados y que se dan acá por reproducidos.
TERCERO: Conforme al criterio jurisprudencial emanado del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia dictada por la sala de Casación social, en fecha 11/11/2008, Nº 1841; se condena a la co.....