Así cumplidos los requisitos para la admisión del recurso planteado en el presente asunto, resulta procedente y ajustado a derecho declarar ADMISIBLE el recurso de apelación planteado por el ciudadano EDWARD BRICEÑO, Defensor Público Penal Septuagésimo Cuarto (74º) Penal del Área Metropolitana de Caracas, en su carácter de defensor de los ciudadanos JOSÉ LUIS GARCÍA PLAZA y JEAN CARLOS YANEZ HENRIQUEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-16.382.132, y V-23.689.630, respectivamente, contra la decisión dictada el 22 de abril de 2015, por el Juzgado Trigésimo Noveno (39º) de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual decretó contra los imputados de autos Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, conforme a lo establecido en el artículo 236 numerales 1, 2 y 3, en relación con los artículos 237 numeral 2, 3 y parágrafo primero, 238 numeral 2, todos del Código Orgánico Procesal Penal, .....