DISPOSITIVO
En consecuencia, por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano LUIS EDUARDO PRADA DÍAZ, en su carácter de Director General de la sociedad mercantil REPRESENTACIONES REMEMBER 2007, C.A., asistido por la abogada DORIS COROMOTO GONZÁLEZ ARAUJO, en contra del fallo dictado en fecha seis (6) de abril de dos mil diecisiete (2017), por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, intentara la ciudadana LOLA JOSEFINA LANDAETA DE MORALES, quien invoca el carácter de representante sin poder de los ciu.....