¿ IV ¿
DECISIÓN
Por las razones precedentes, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, actuando en Sede Constitucional, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, en la Acción de Amparo Constitucional, interpuesto por el Procurador de Trabajadores, Abogado RITCHER GONZALEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el Nº 42.819 en su carácter de, en representación judicial del ciudadano YEIZON SANTANA MANRIQUE, titular de la cédula de identidad Nº 12.387.465 contra la Sociedad Mercantil Sociedad Mercantil BALGRES, C.A., en virtud del incumplimiento a la Providencia Administrativa Nº 00073 de fecha once (11) de febrero de dos mil diez (2010), dictada por la Inspectoría del Trabajo en Los Valles del Tuy, contenida en el expediente administrativo Nº 017-2010-01-00097, mediante la cual se ordenó el reenganche y el pago de los salarios caídos de la parte presuntamente agraviad.....