DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1. PROCEDENTE la medida cautelar de EMBARGO preventivo formulada por la abogada Eloisa Borjas, antes identificada, actuando como apoderada judicial del FONDO DE GARANTÍA DE DEPÓSITO Y PROTECCIÓN BANCARIA (FOGADE) contra la ciudadana ÁNGELA BARRIOS RIVAS, en consecuencia, en caso de bienes muebles será hasta por el doble de la suma que consta en autos, más las costas estimadas prudencialmente en un treinta por ciento (30%) de la suma demandada, que en total representan la cantidad de ciento noventa y tres mil ciento quince bolívares con siete céntimos (Bs. 193.115,07); y de ser cantidades o sumas líquidas de dinero hasta por el monto de la cantidad demandada, más las costas estimadas prudencialmente en un treinta por ciento (30%) que representa .....